Va a presentar una comunicación anónima. En este supuesto no se solicitarán sus datos para la presentación de la comunicación.
Mediante este tipo de comunicaciones, la organización no podrá solicitarle que amplíe información sobre los hechos denunciados, salvo a través de este canal.
Con la presentación de este tipo de comunicaciones renuncia a los privilegios que la Ley 2/2023 garantiza a los informantes, como que no podrá ser objeto de represalias por parte de la organización.
Es importante que no incorpora a la comunicación información de carácter personal que permita su identificación directa, o indirecta.